El Ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, firmó ayer una Resolución por la que se adapta la prestación del Servicio Público de Justicia al Real Decreto 487/2020, de 10 de abril, que prorroga el estado de alarma, hasta el próximo 26 de abril, declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

En base a la citada Resolución que entrará en vigor mañana miércoles, 15 de abril, tras su publicación en el BOE (se puede consultar en este ENLACE), además de mantenerse los servicios esenciales fijados en las Resoluciones del Secretario de Estado de Justicia, del CGPJ y de la Fiscalía General del Estado, de 14 de marzo de 2020, deberán prestarse, entre otros servicios:

“El registro de todos los escritos presentados en las oficinas judiciales y fiscales de forma telemática (Lexnet o sistemas equivalentes en País Vasco, Cataluña, Navarra, Cantabria y Aragón), y su reparto a los órganos competentes, para asegurar el adecuado funcionamiento de juzgados y tribunales”.

Si bien, se recomienda a los profesionales “una ponderación o moderación en la presentación de escritos para hacer más viable el reparto”.

Justicia destaca en la Resolución «la ejemplar labor y sacrificio que están realizando todos los operadores jurídicos, jueces, fiscales, letrados de la administración de justicia, funcionarios y personal laboral, así como los abogados, procuradores y graduados sociales».

Es conveniente aclarar que los plazos procesales siguen en suspenso. Por ello, la presentación de los escritos es potestativa y la Resolución recomienda que se haga de forma moderada.