El Consejo de Ministros extraordinario celebrado ayer, 29 de marzo, aprobó el RDL 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, y cuyo plazo se extenderá desde hoy, 30 de marzo, hasta el 9 de abril, ambos inclusive.

El objetivo del nuevo RDL (se puede consultar la norma en este enlace) es endurecer las medidas de confinamiento para combatir la transmisión del COVID’19.

Por lo que se refiere a la actividad logística y del transporte, de conformidad con el nuevo real decreto-ley, en principio, parece que se debería reducir a la prestación de servicios a empresas cuya actividad no está suspendida y se correspondan con las actividades esenciales detalladas en el Anexo de la norma, como son la alimentación, sanidad, determinadas industrias y otras referenciadas en el mismo.

Consideramos que esta permisibilidad podría extenderse no sólo a las empresas transportistas efectivas sino también a las empresas operadoras e intermediarias del transporte (como por ejemplo transitarios) así como a aquellas personas que tengan como finalidad garantizar el mantenimiento de los medios empleados para ello (personal administrativo, financiero/contable, etc.).

Cabe destacar que aquellos transportes cuyo tránsito ya se haya iniciado (sin especificar la fase del transporte exacta o si se trata de una importación o exportación) y estén en curso podrán desarrollarse hasta que finalice el servicio, incluyendo como parte del servicio, en su caso, la operación de retorno correspondiente, todo ello de acuerdo con la Disposición transitoria segunda del citado RDL.

Por último y por lo que se refiere también a esta actividad del transporte o logística, recordar que este RDL sólo se aplica a trabajadores por cuenta ajena. Ello implicaría que no es de aplicación a los transportistas autónomos que desarrollen su actividad también en los sectores declarados no esenciales por el Decreto Ley.

No obstante, dado que el Gobierno modifica sus criterios en función de la evolución de la situación de crisis por el coronavirus, estaremos continuamente pendientes de estos posibles cambios que puedan afectar a la aplicación de la norma.

Dada la ambigüedad y falta de claridad del RDL, el Despacho se pone a disposición de todos aquellos profesionales del sector logístico y del transporte para atender dudas y consultas.

Esta comunicación es meramente informativa y no constituye opinión legal.