Tras cuatro años de sesiones por el Grupo de Trabajo VI de UNCITRAL: United Nations Commission on International Trade Law /CNUDMI (tomando como punto de partida el anteproyecto inicial presentado por el Comité Marítimo Internaciona), en las que han participado Eduardo Albors y Juan Pablo Rodriguez Delgado, el texto finalmente adoptado pretende proporcionar protección legal a los compradores de buques adquiridos mediante ventas judiciales, al tiempo de salvaguardar los iteres de armadores y acreedores en dichas situaciones. El título de propiedad libre de cargas y gravámenes adquirido por el comprador a través de una venta judicial sobre el buque (bien por subasta pública o por acuerdo privado de las partes) deberá será reconocido internacionalmente.

La Asamblea General autoriza la ceremonia de firma de la Convención en Beijing (China), recomendando que sea designada como «Convenio de Beijing sobre venta judicial de buques».

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