El IG, en respuesta a las manifestaciones realizadas por la delegación española en la última sesión del Comité Ejecutivo del Fondo 1992 el pasado mes de abril, ha elaborado y remitido a dicho Comité un documento en el que  analiza el tratamiento sobre la responsabilidad del Capitán y de la compañía aseguradora en la Sentencia del Prestige dictada por el Tribunal Supremo el pasado 14 de enero (ver artículo “The Judgement of the Spanish Supreme Court on the Prestige oil spill – Spain cannot have it both ways”, por Eduardo Albors).

La citada Sentencia del Tribunal Supremo condenó al Capitán como autor responsable de un delito imprudente contra el medio ambiente en la modalidad agravada de deterioro catastrófico, a la pena de dos años de prisión. Asimismo, se declaró la responsabilidad civil del Capitán, de la compañía propietaria del buque (Mare Shipping Inc.), del Club de Protección e Indemnización (The London Steamship Owners’ Mutual Insurance) y del Fondo Internacional de Indemnización de Daños debidos a Contaminación por Hidrocarburos (FIDAC).

El documento del IG, que se puede consultar en este enlace, se debatirá hoy en la reunión del Comité de Derecho Marítimo de la Cámara Internacional de Navegación (ICS) y también en la reunión que el Comité Ejecutivo del Fondo 1992 celebrará entre los días 17 al 20 del próximo mes de octubre.