En el BOE de 30 de diciembre de 2010 se publicó el Real Decreto 1737/2010, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las inspecciones de buques extranjeros en puertos españoles. El objeto del Reglamento es regular las inspecciones de buques extranjeros en aguas en las que España ejerza soberanía, con el fin de reducir significativamente el número de buques que incumplan las normas sobre seguridad marítima, protección marítima, protección del medio ambiente marino y condiciones de vida y de trabajo a bordo de los buques de cualquier pabellón. Para ello se establecen criterios comunes para el control de los buques y procedimientos de inspección e inmovilización, utilizando la experiencia adquirida como consecuencia de las inspecciones realizadas en la Unión Europea. Ello incluye la posibilidad de denegar el acceso de los buques a puertos o fondeaderos españoles, en las condiciones que se regulan.