El Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea aprobaron el pasado jueves, 6 de junio, la Directiva por la que se modifica la Directiva 2008/106/CE relativa al nivel mínimo de formación en las profesiones marítimas, y se deroga la Directiva 2005/45/CE sobre el reconocimiento mutuo de los títulos expedidos por los Estados miembros a la gente de mar.

Garantizar y aumentar la seguridad marítima, así como contribuir a la prevención de la contaminación en el mar son los principales objetivos de esta nueva Directiva que supone un importante paso para alcanzar la armonización y simplificación del marco jurídico europeo que regula las profesiones marítimas. La citada reforma pretende asimismo facilitar la libertad de circulación de la gente del mar dentro de la UE, mediante el reconocimiento mutuo de determinadas titulaciones marítimas en todos los Estados miembros, a fin de que las futuras generaciones contemplen el transporte marítimo como un sector atractivo en el que desarrollar su carrera profesional y a la vez dotar a la industria marítima de profesionales cualificados.

En el ámbito internacional, la nueva Directiva contempla la armonización de la regulación europea con la normativa internacional relativa a esta materia, regulada por el Convenio Internacional de la Organización Marítima Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar (Convenio STCW), para “mejorar aún más la eficiencia del sistema centralizado para el reconocimiento de terceros países”.

En este enlace, http://data.consilium.europa.eu/doc/document/PE-39-2019-INIT/es/pdf, se puede consultar el texto completo de la Directiva que entrará en vigor 20 días después de su publicación en el Diario Oficial de la UE; a partir de ese momento, los Estados miembros tendrán dos años para incorporar sus disposiciones al ordenamiento jurídico nacional.