El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, día 24 de febrero,  un Real Decreto Ley por el que se modifica el régimen de los trabajadores para la prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías, dando cumplimiento a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 11 de diciembre de 2014, recaída en el asunto C-576/13 (procedimiento de infracción 2009/4052).

El principal objetivo del Real Decreto Ley es eliminar las restricciones a la libertad de establecimiento de las empresas en este sector. Traslada la modificación legal que tiene que llevar a cabo el Gobierno para que las empresas estibadoras no tengan que participar obligatoriamente del capital de las SAGEP (sociedades de gestión de trabajadores portuarios).

El Real Decreto Ley contempla un periodo transitorio de tres años. Las empresas podrán contratar el 75% de trabajadores de la SAGEP en el primer año, el 50% en el segundo y el 25% en el tercero. El Ministro ha recalcado que después ya podrán contratar libremente a otros trabajadores, tal y como sucede en cualquier otro sector económico.

En el siguiente enlace se puede consultar el Real Decreto Ley, publicado en el BOE el sábado 25 de febrero, que está pendiente de convalidación parlamentaria.